Ciudad De México.- El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó los Lineamientos y la Convocatoria para el registro de candidaturas sin partido para el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.

Las disposiciones establecen los requisitos y plazos que deberán cumplir las personas interesadas en contender por una Diputación al Congreso de la Ciudad de México, una Alcaldía o una Concejalía sin el respaldo de un partido político.

¿Quiénes no podrán registrarse?

De acuerdo con los Lineamientos, no podrán solicitar el registro como aspirantes quienes participen simultáneamente en un proceso de selección de candidaturas de un partido político o pretendan postularse a una Diputación por representación proporcional.

Tampoco podrán hacerlo quienes hayan ocupado un cargo de dirección partidista y no hayan renunciado al menos un año antes de solicitar su registro, así como quienes hayan sido militantes o afiliados a un partido político y no se hayan dado de baja al menos un día antes de presentar su solicitud.

Registro de aspirantes

Las personas interesadas deberán presentar su solicitud para obtener la calidad de aspirantes a una candidatura sin partido mediante el Sistema de Registro de Candidaturas (SIREC), a partir del día siguiente de la emisión de la Convocatoria y hasta el 5 de diciembre de 2026.

El Consejo General del IECM determinará la procedencia de las solicitudes a más tardar el 14 de diciembre de 2026.

Entre los requisitos se encuentran contar con credencial para votar vigente, acta de nacimiento, acreditar la residencia correspondiente y presentar la solicitud en el Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos (SNR)

Además, las personas aspirantes deberán constituir una Asociación Civil para el manejo de los recursos de la candidatura.

Para las candidaturas a Diputaciones por mayoría relativa, incluida la Diputación Migrante, la solicitud deberá integrarse mediante una fórmula con una persona propietaria y una suplente del mismo género. En caso de que la persona propietaria sea hombre o no binaria, la suplente podrá ser hombre, mujer o no binaria.

Recolección de firmas

Una vez aprobado el registro como aspirantes, las personas tendrán 60 días naturales, del 15 de diciembre de 2026 al 12 de febrero de 2027, para recabar firmas de apoyo ciudadano.

Deberán conseguir al menos el uno por ciento de la Lista Nominal correspondiente, con una distribución en 35 por ciento de las secciones electorales para Diputaciones de mayoría relativa, o en 35 por ciento de las circunscripciones para Alcaldías y Concejalías.

Para la Diputación Migrante no será exigible el requisito de dispersión.

La recolección de apoyos deberá realizarse obligatoriamente mediante la herramienta tecnológica “Apoyo Ciudadano-INE”. Durante esta etapa, las personas aspirantes podrán realizar actividades para obtener respaldo ciudadano, siempre que no constituyan actos anticipados de campaña.

Dictamen y registro de candidaturas

A más tardar el 1 de marzo de 2027, el Consejo General emitirá el dictamen sobre el cumplimiento del porcentaje de firmas y la distribución requerida para cada elección, con base en los resultados de la cuantificación, verificación y validación realizada por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Las personas que continúen en el procedimiento deberán presentar su plataforma electoral entre el 17 de febrero y el 3 de marzo de 2027.

El plazo para solicitar el registro de las candidaturas será del 8 al 15 de marzo de 2027. Posteriormente, el Consejo General del IECM celebrará, a más tardar el 3 de abril, la sesión para registrar las candidaturas que procedan.