Ciudad De México.– Nacional Monte de Piedad continúa en huelga y sus clientes siguen sin poder recuperar las prendas que empeñaron antes de que estallara el conflicto. Esto, además de molestia, ha generado una gran incertidumbre entre la ciudadanía afectada, ya que hay quienes tienen miedo de perder para siempre sus objetos de valor.
Para apaciguar tales temores, la casa de empeño lanzó un nuevo mensaje en el que aclaró que estos son los únicos clientes que perderían sus prendas y, además, pagarían intereses diarios extra:
- Quienes no recurran a un refrendo adicional
- Quienes no cumplan de manera puntual su pago, de acuerdo a las nuevas fechas de pago y comercialización
Tal y cómo lo aclaró Patricia Álvarez, representante de Atención a Clientes de Monte de Piedad, es importante recordar que quienes se demoren en pagar su deuda deberán cubrir los intereses que se generen de manera diaria de acuerdo a la tasa del producto contratado.
Esto quiere decir que quienes durante la huelga no han ido cubriendo su deuda, perderán sus prendas y no podrán recuperarlas al momento en que la casa de empeño reanude sus servicios. A muchos esta situación les parece injusta.
¿Quiénes no están en riesgo de perder sus prendas durante la huelga de Monte de Piedad?
Los siguientes perfiles pueden contar con la seguridad de que algún día volverán a ver sus prendas:
- Quienes pagaron el pago de desempeño
- Quienes han cubierto su deuda en tiempo y forma de acuerdo a los nuevos calendarios.
- Quienes aprovecharon el recurso adicional del refrendo y continúan al corriente de su deuda, según el contrato.
Nuevas fechas de pago Nacional Monte de Piedad (julio 2026)
| Fecha de comercialización Original | Nueva fecha límite de pago |
| 1 de agosto de 2026 | 28 de diciembre de 2026 |
| 3 de agosto de 2026 | 28 de diciembre de 2026 |
| 4 de agosto de 2026 | 28 de diciembre de 2026 |
| 5 de agosto de 2026 | 28 de diciembre de 2026 |
| 6 de agosto de 2026 | 28 de diciembre de 2026 |
| 7 de agosto de 2026 | 28 de diciembre de 2026 |
| 8 de agosto de 2026 | 28 de diciembre de 2026 |
| 10 de agosto de 2026 | 29 de diciembre de 2026 |
| 11 de agosto de 2026 | 29 de diciembre de 2026 |
| 12 de agosto de 2026 | 29 de diciembre de 2026 |
| 13 de agosto de 2026 | 29 de diciembre de 2026 |
| 14 de agosto de 2026 | 29 de diciembre de 2026 |
| 15 de agosto de 2026 | 29 de diciembre de 2026 |
Si no encuentra su fecha de comercialización original en esta lista, la extensión de días no aplica y deberá pagar en el día establecido en su contrato.